SECCIÓN XVI
DE LA INSCRIPCIÓN
Artículo __. El proceso de inscripción de los estudiantes se regirá según lo establecido
en el art. 60 de la LOE
con su Reglamento: “La inscripción de los alumnos se hará en la primera semana
del primer período del año escolar a excepción de los de educación preescolar y
los de educación básica hasta el cuarto grado, quienes podrán hacerlo hasta el
mes de abril. La renovación de inscripción para quienes continúen en el mismo
plantel, se hará en el tercer período del año escolar. Para quienes requieran
ser ubicados en otro plantel por cambio de domicilio, debidamente comprobado,
la inscripción podrá hacerse hasta el último día hábil del mes de mayo. El
Ministerio de educación determinará los requisitos que deban cumplirse para
formalizar la inscripción de los alumnos, dictará las normas y procedimientos
pertinentes y resolverá los casos especiales no previstos en el presente
artículo”.
Nota: la
inscripción hasta el mes de abril a que se refiere este artículo, se efectuará,
con posterioridad a la realización de la prueba de ubicación, salvo que el
estudiante exhiba documentos probatorios de escolaridad.
Artículo __.
Violación del derecho a la educación.
Siguiendo el orden de ideas en el articulo 266.- de la LOPNNA es expone “Quien
impida indebidamente la inscripción de un niño o adolescente a una escuela,
plantel o institución de educación, o su permanencia en el mismo, será
sancionado con multa de uno (1) o seis (6) meses de ingreso. La misma multa se
aplicará a los padres, representantes o responsables que no le aseguren al niño
o adolescente su derecho a la educación”.
Artículo __. El Reglamento Interno de Disciplina Escolar es responsabilidad de toda
la comunidad educativa que hace vida en la Institución , es decir
todos deben velar por el cumplimiento del mismo.
SECCIÓN XVI DERECHO ALA INSCRIPCIÓN ESCOLAR
SECCIÓN XVI DERECHO A
Artículo __. Todos los niños, niñas y adolescentes
tienen derecho a ser inscritos para recibir una educación integral en la
UNIDAD EDUCATIVA “COLEGIO NUESTRA SEÑORA DE BELÉN”
siempre que:
a)
Cumplan con los requisitos y disposiciones previstas en el ordenamiento
jurídico y en la presente Normativa Escolar, dándole prioridad de prosecución a
la matrícula regular existente.
b)
Existan cupos en los respectivos grados y años de los niveles de educación
Primaria y Media General, a excepción del quinto (5°) año donde proseguirán únicamente
los estudiantes registrados el año anterior, a manera de garantizarles la
conformación de sus grupos, necesidades, intereses y años de convivencia.
Artículo __. Para la inscripción de cualquier estudiante de nuevo ingreso, debe
presentar como requisito indispensable las notas certificadas, de ser
extranjero deben ser apostilladas.
SECCIÓN XVI
SECCIÓN XVI
REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN :
Artículo __. Son requisitos para la Inscripción :
a)
Copia legible de la Partida
de Nacimiento original sin enmienda, ni tachaduras y en buen estado. (Original
y fotocopia).
b) 3
Fotocopias ampliadas de la C.I.
del alumno a partir de 10 años y 1 del Representante legal.
c) 1
Foto del representante (a los alumnos se les tomará en el plantel).
d)
Carta de Buena Conducta.
e)
Certificado de Promoción para Primaria y primer año.
f)
Original y copia de Notas Certificadas para 2do y 3er año.
g)
Cartón de pagos del colegio anterior.
h)
Original y 3 copias de Notas Certificadas y Certificado de Educación Básica
para 4to año.
i)
Examen Medico Cardiovascular vigente.
j) 1
carpeta amarilla tipo oficio (primaria). 1 sobre manila tipo oficio
(Bachillerato)
k)
Firmar el Manual de Convivencia del Plantel.
l)
Traer el depósito Bancario de la inscripción.
Parágrafo
Primero: Los montos de inscripción se informaran a través del prospecto de
inscripción al principio de cada año escolar.
Parágrafo
Segundo: La inscripción no se procesará hasta cumplir con todos los requisitos.