Reglamento y Acuerdo de Convivencia Escolar y Comunitario UE Nuestra Señora de Belen "Colegio Seráfico"

CAPITULO VII

CAPITULO VII DE LOS PADRES, REPRESENTANTES O RESPONSABLES
SECCIÓN XI
PRINCIPIOS

Artículo __. Principios.
a) Cuando el padre, la madre, representante y/o responsable, solicita que su hijo o representado sea inscrito como estudiante en la UNIDAD EDUCATIVA NUESTRA SEÑORA DE BELEN”, sabe que elige una educación privada (Subvencionada), que se regirá estrictamente por su Manual de Convivencia y por los parámetros del Ministerio del Poder Popular para la Educación, así como los que dicta la Asociación Venezolana de Educación Católica (AVEC) y la Arquidiócesis de Mérida.

b) Por ser los primeros y principales educadores de sus hijos (Art. 5 de la LOPNNA), y parte esencial de la Comunidad Educativa, los padres, madres, representantes y/o responsables, deben compartir con el Plantel la seria responsabilidad de la educación de sus hijos y/o representados.

c) Desde el momento que el estudiante ingresa al plantel, el representante se compromete a asimilar, madurar y desarrollar el espíritu que anima al plantel, en cuanto a la formación y educación preescolar, primaria o media general según sea el caso.

d) Para ser admitido como representante de un estudiante se requiere ser mayor de edad y ejercer la representación legal del aspirante, además de cumplir con las exigencias que establezca la Dirección del Plantel.

e) Se consideran representantes del estudiante: sus padres, tutores o personas debidamente autorizadas por escrito  ante el tribunal o CMDNNA, siempre que sean mayores de edad, estén domiciliados en la ciudad o en sus inmediaciones y que lo representen ante las autoridades del Plantel.

 SECCIÓN X
(Art. 05-03-54 y exposición de motivos de la LOPNNA).
Los Padres – Madres – Representantes son los primeros y principales educadores de sus hijos es por ello que la escuela, para lograr sus objetivos y metas educativas necesita en primer lugar la confianza, el apoyo y la franca colaboración de los Padres – Madres y Representantes que le han confiado sus hijos por razón de su identidad.

A ellos incumbe una responsabilidad peculiar de ayudar en orden a una educación conjunta, familiar y comunidad, coherente con sus propias convicciones y la propuesta Educativa del Centro por el que han optado. Sin su participación comprometida, todos los esfuerzos de la institución resultarían inútiles. Su colaboración se realiza, sobre todo a través de los Consejos Educativos y en el apoyo a su representado.

• Cumplir el horario de entrada y salida de la Institución según sea la etapa.

• Conocer los acuerdos de Convivencia de la Institución.

• Asistir al plantel a la hora y fecha en que se indique, igualmente está en la obligación de asistir puntualmente a las reuniones de boletas, entre otros.

• Acudir periódicamente al plantel a informarse del rendimiento general de su representado.

• Los padres y Representantes practicarán las normas de cortesía y buenas costumbres, como por ejemplo: dará buen trato a los miembros del personal de la institución, usar la vestimenta adecuada para asistir al plantel.

• Queda terminantemente prohibida la entrada a las aulas a los Padres – Representantes –Personas ajenas al plantel en hora de actividades.

• Las entrevistas con el docente deberán ser concertadas con anticipación, a través de las coordinaciones respectivas.

• No se permite la entrada a los representantes a la institución en Short, franelilla, bata de casa, chancletas, blusas descotadas, licras, piercing, tatuaje, o cualquier otra indumentaria que no está acorde con los principios de la educación.

• Avisar al Docente y/o colegio el motivo de inasistencias de los niños

• El Padre – Madre – Representante están obligados a supervisar la presentación personal de su representado diariamente. Así como a que asista diaria y puntualmente al plantel.

• El Representante deberá colaborar con las actividades que realice la institución en beneficio de su representado.

• El Representante está obligado a dotar a su representado de todos los útiles necesarios para el trabajo escolar.

• El Padre – Madre – Representante debe colaborar en darle buen uso a las Canaimas portátil ya que son usos exclusivos de los estudiantes.

• Cuando el representante legal es otra persona que no es el padre o la madre, al momento de la inscripción deberá realizarse la autorización respectiva.

• El Responsable de cancelar la Contribución mensual del Plantel (Madre – Padre – Representante) debe hacerlo efectivo en su momento oportuno primero 5 días (cada mes).

• Las citaciones al representante se entregarán al alumno personalmente, de no asistir a la primera se hará una segunda citación, si tampoco asiste, se hará una llamada telefónica dejando registro de la misma de no obtener respuesta positiva se notificará al Consejo de Disciplina Escolar del Plantel.

• No enviar al estudiante al plantel cuando esté enfermo o si se siente mal un día antes, pues no sería la condición óptima para asimilar los conocimientos que se le imparten.

• Es responsabilidad del representante controlar los deberes asignados para el hogar y los materiales o trabajos solicitados con anticipación.

• Respetar y cumplir el ordenamiento jurídico del presente acuerdo de convivencia, así como las decisiones que toman las autoridades del plantel, siempre que las mismas no violen sus derechos.

• Participar activamente en la conformación del Consejo Educativo (Resolución 058).

• Para tener acceso al plantel por medida de seguridad, debe hacerlo por la puerta principal después de las 7:05 a.m. donde se debe identificar.

SECCIÓN XV
DERECHOS DE LOS PADRES, REPRESENTANTES O RESPONSABLES

Artículo __. Son derechos de los padres, representantes o responsables:

1. Ser atendidos por el personal cuando el caso lo requiera, con el debido respeto y consideración, como corresponde a la dignidad de la persona humana.

2. Ser informados sobre el rendimiento y conducta de su representado, en día y hora establecidos cuando el caso lo amerite.

3. Plantear las observaciones y reclamos que crean convenientes dentro de un clima de consideración y respeto.

4. Solicitar ante la Dirección del Plantel, Coordinación Pedagógica, Coordinación de Evaluación y Control de Estudios, la información que deseen sobre su representado.

5. Ser informados acerca de la organización de la Consejos Educativos y el manejo de los fondos de la misma.

6. Ejercer su defensa y la de sus representados ante las autoridades correspondientes o ante los órganos de la Comunidad Educativa cuando corresponda.

7. Los Padres, Representantes o Responsables tienen el derecho a ser informados y a participar activamente en el proceso educativo de los Niños, Niñas y Adolescentes que se encuentren bajo su patria potestad, representación o responsabilidad.


SECCIÓN XVI
DEBERES DE LOS PADRES, REPRESENTANTES O RESPONSABLES

Artículo __. Son deberes de los padres, representantes o responsables:

1. Conocer la Ley Orgánica de Educación (LOE), Ley Orgánica para la Protección del Niño, la Niña y del Adolescente (LOPNNA), el Proyecto Pedagógico del Plantel (PPP),  el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) y el Reglamento Interno de Disciplina Escolar del Plantel (RIDDE)

2. Colaborar objetivamente en la orientación educativa general del Plantel.
3. Acudir periódicamente al Colegio en las horas administrativas de cada docente, para informarse sobre las actividades educativas y el rendimiento académico y conductual de su representado.

4. Asistir al Plantel a la hora y fecha que se le convoque o cite, para tratar asuntos de su interés relacionados con sus representados.

5. Cancelar las mensualidades del Colegio, los primeros cinco días de cada mes.

6. Participar en la organización y deliberación de los Consejos Educativos y cumplir lo que pauten sus estatutos.


7. Asistir y participar en los actos y reuniones que planifique