Reglamento y Acuerdo de Convivencia Escolar y Comunitario UE Nuestra Señora de Belen "Colegio Seráfico"

CAPITULO V

          CAPÍTULO V DE LA ORGANIZACIÓN ESTUDIANTIL
SECCION X
DE LA ORGANIZACIÓN ESTUDIANTIL

Artículo __. Los estudiantes podrán formar organizaciones estudiantiles de acuerdo a lo establecido en la Ley, la Resolución 751 del 10 de noviembre de 1996, cumpliendo con los siguientes requisitos:
a) Estar inscritos en el Plantel.
b) Tener dos (2) docentes asesores que orienten sus labores.
c) No introducir personas ajenas a la Institución a realizar labores en el Plantel.
d) No tener observaciones negativas en el libro de vida.
e) Realizar sus actividades de manera que no interfieran con las labores ordinarias del Plantel.

Artículo __. Del comité y Consejo Estudiantil: Según lo establecido en la resolución N° 058 de fecha 16 de octubre de 2012, son instancias conformadas por las vocerías de los autores claves del proceso escolar para ejercer funciones específicas, atendiendo a las necesidades y desarrollo de las potencialidades de la comunidad educativa, en corresponsabilidad con los principios y valores establecidos en la Ley Orgánica de Educación (LOE 2009) y demás leyes vinculadas. También, se encargan de articular y promover la participación e integración de las organizaciones educativas, comunitarias y sociales, para garantizar el derecho a una educación integral y de calidad para todas y todos.

Artículo __. Los comités están conformados por vocerías previamente elegidas y elegidos por todos los actores claves del proceso educacional, quienes serán propuestas y propuestos ante la Asamblea Escolar para someterlas a aprobación o no por la mayoría de los participantes en dicha Asamblea. Las corresponsabilidades de estas vocerías son de articulación, coordinación e impulso de las acciones correspondientes a los planes, programas y proyectos que se generen en cada comité, bajo los principios de unidad, solidaridad, disciplina, ayuda mutua, honestidad, transparencia con compromiso con los intereses de la Asamblea Escolar y de la Patria.

Artículo __. El Consejo Estudiantil es la instancia organizativa y corresponsable del colectivo de las y los estudiantes inscritas e inscritos en cada institución educativa oficial y privada. El poder popular estudiantil actúa de forma participativa, protagónica y corresponsable junto con el Consejo Educativo en los diferentes ámbitos, planes, programas, proyectos educativos y comunitarios en un clima democrático, de paz, respeto, tolerancia y solidaridad. El Consejo Estudiantil está conformado por las vocerías de las y los estudiantes en todas las instituciones educativas en los niveles y modalidades del subsistema de educación básica. Las y los estudiantes deben organizarse en consejos Estudiantiles.

Artículo __. Las funciones del Consejo Estudiantil las siguientes:
1.      Participar en forma protagónica en diferentes acciones, ámbitos, planes, programas y proyectos educativos y comunitarios, ejerciendo sus derechos y tolerancia y solidaridad, contribuyendo con la armonía y el buen funcionamiento de las instituciones educativas.
2.      Convocar a sus voceros y voceras a reuniones ordinarias y extraordinarias, en cada una de las instituciones educativas.
3.      Organizar las actividades referidas a la defensa de nuestra identidad, preservación y conservación del patrimonio ambiental, histórico y cultural.
4.      Asumir corresponsablemente el compromiso y el mantenimiento de la planta física, materiales, equipos, mobiliarios y otros bienes pertenecientes a las instituciones educativas. Asimismo, en el desarrollo de acciones que disminuyan factores de riesgo y potencien los factores de protección.
5.      Participar en la construcción del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC), Proyectos de Aprendizaje (PA),  y otras formas de organizaciones de los aprendizajes en las instituciones educativas, en aras de la integración de las familias, escuela y comunidad, a fin de garantizar las transformaciones que ellos requieren.
6.      Articular con otras instituciones educativas para la organización y desarrollo de los comités estudiantiles hacia la conformación de redes estudiantiles locales, regionales y nacionales.
7.      Sintetizar y promulgar a través de diferentes formas de comunicación, las experiencias organizativas del comité estudiantil a nivel local, regional, nacional e internacional.
8.      Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.
9.      Promover la participación del estudiantado en los diferentes centros existentes o que se crearen en la Institución, tales como: Ciencias, Conservacionista, Ajedrez, Biología, Química, Física, Matemática, Periodismo, Usuarios de Internet, Excursionista entre otro.

Artículo __. Quedarán excluidos de pleno derecho de la Junta Directiva de la Organización Estudiantil aquellos estudiantes que hayan sido debidamente sancionados por cometer una falta grave o que las cometan durante el ejercicio de sus funciones.

SECCIÓN XI
DE LOS SEMANEROS
Artículo __. El semanero es el estudiante que durante los días hábiles de una semana presta colaboración especial a los docentes y compañeros de su sección o curso.

Artículo __. Son funciones del semanero:
El alumno semanero es el encargado de velar por la disciplina de los estudiantes en ausencia del docente. [CLCH1] Cualquier falta por parte de los alumnos en ese momento, será considerada con la misma gravedad que si hubiera estado presente el docente en el aula.

Los alumnos deberán cumplir la función de semaneros velando por el buen funcionamiento del registro “Diario de Clases” (carpeta), y por el orden del aula.

1. Llevar al aula el diario de clase, la tiza o marcador, el borrador y otros útiles o materiales que requiera el docente para la clase respectiva (mapas, esferas, cartas, murales, compases, escuadras, proyectores, otros)
2. Cuidar los útiles y materiales que reciba y devolverlos personalmente al finalizar la última clase del turno correspondiente.
3. Mantener limpio el pizarrón a la entrada de cada Docente.
4. Cuidar conjuntamente con el Docente, que no permanezcan estudiantes en el aula durante el tiempo de receso.
5. Responder ante el Profesor Guía, Coordinador de Control de Estudios, Evaluación y Docente por las alteraciones, enmendaduras, borrones y demás daños que presentare el Diario de Clase.
6. Velar por la limpieza y buena presentación del aula, reclamando ante las autoridades competentes cuando haya descuido por parte del personal de aseo y mantenimiento o ante los estudiantes del curso cuando sean éstos quienes alteren el buen aspecto del aula.
7. Participar al Departamento, Coordinación o Profesor Guía respectivo cuando falte algún docente a fin de que se tomen las medidas pertinentes.
8. Prestar cualquier otra colaboración para el trabajo de la cátedra que exija el docente, siempre y cuando no vaya en contra de los art. 32 y 32-A LOPNNA.
9. El Semanero se turnará siguiendo rigurosamente el orden de la lista de estudiantes de la sección respectiva.
10. La inasistencia del semanero de turno será suplida por el estudiante que aparezca en la lista con el número inmediato superior, y a falta de éste por el que le sigue en el mismo orden y así sucesivamente.
11. Los semaneros serán instruidos acerca de sus funciones y responsabilidades por el profesor guía respectivo, quien tendrá sobre ellos el control inmediato y dará aviso oportuno cuando haya de corresponderle el turno.
SECCION XI
En nuestro modelo educativo Pastoral hacemos una opción por la persona del estudiante. Reconocemos que detrás de cada estudiante hay un ser humano, un niño, niña, adolescente y joven con su propia historia, llenos de potencialidades, y también protagonistas y no simples espectadores del mundo que viven y construyen.

Artículo __. Los delegados y subdelegados de pastoral son aquellos estudiantes que voluntariamente se presenten y habiendo sido elegidos por la coordinación de pastoral serán los encargados de representarlos en cualquier situación referida a su actividad apostólica y religiosa.

Artículo __. Para ser Delegados y Subdelegados de pastoral deben cumplir con los siguientes requisitos:

1. Ser estudiante regular del colegio y haber aprobado todas las asignaturas del año escolar o grado anterior. Poseer una personalidad sana, con actitudes y valores humano-cristianos sólidos y con demostración de liderazgo social.

2. Observar una excelente conducta, acorde con los principios de ética, verdad y justicia.

3. Demostrar un alto rendimiento académico (a partir de 16 puntos).

4. Colaborar y animar en el desarrollo de las actividades complementarias programadas por la Institución. Mantener un espíritu evangelizador y misionero, para quienes el evangelio sea fuerza iluminadora y profética.

5. Ser percibido y aceptado como líder positivo del grupo.

Artículo __. A través de los delegados de pastoral se buscara:

a.- Contribuir al proceso de formación humano-cristiano de los alumnos, y a la puesta en práctica del proyecto Educativo Pastoral del Colegio  con los niños, niñas y adolescentes.

b.- Promover valores como la participación, la responsabilidad, la ciudadanía activa y organizada, la solidaridad, honradez, sociabilidad, entre otros.

c.- Encauzar y promover diferentes experiencias grupales.

d.- Contribuir en el proceso de formación socio-política de los estudiantes desde criterios de Doctrina Social de la Iglesia.

e.- Canalizar las inquietudes culturales, científicas, deportivas, apostólicas y religiosas de los alumnos en diversas formas de participación.

f.- propiciar eficazmente la participación del estudiantado, para quienes el evangelio sea fuerza iluminadora y profética en las actividades programadas por la Coordinación de pastoral, los consejos educativos y la directiva del plantel, proyectando la acción del centro educativo hacia la parroquia y comunidad local. Con un espíritu evangelizador y misionero.

Artículo __. Son Deberes y Atribuciones del Delegado de Pastoral:

1. Cumplir y hacer cumplir lo establecido en el Reglamento Interno de Disciplina escolar, Estatus y Normativas del Colegio.

2. Representar a los compañeros de su sección. Mantener un espíritu evangelizador y misionero

3. Participar activamente en la ejecución de las actividades programadas por la Institución que redunden en beneficio de la sección y del colegio (Semana Santa- Navidades-entre otras.

4. Coordinar el trabajo de las distintas comisiones que se organicen en la sección en relación a la cátedra de humano cristiana.

5. Cumplir con las actividades que le sean fijadas por la Coordinación de Pastoral.

6. Los Subdelegados cubrirán las ausencias temporales de los Delegados, cumpliendo con las mismas funciones y atribuciones.

7. La representatividad de los Delegados y los Subdelegados será por el término de un año escolar y, podrán ser revocados de sus funciones cuando hayan sido debidamente sancionados por cometer una falta grave de disciplina, fallen en su rendimiento académico-religioso, o cuando la Coordinación de Pastoral, lo consideren conveniente.

12. Velará por la organización y realización de la Eucaristía, cuando le corresponda.


 [CLCH1]Se le da una nueva función al semanero la de la disciplina
 [@2]Se busca de esta manera la participación de los estudiantes en el modelo educativo propiciado por la AVEC